En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se hizo oficial que a partir de ahora la Guardia Nacional podrá aplicar infracciones a conductores en carreteras federales, incluidas las que están en el Estado de México (Edomex).
El decreto se hizo oficial el 26 de mayo del 2026 en el que se reforma el reglamento de tránsito en carreteras y puentes federales para que los agentes de la GN puedan aplicar multas a quienes no respeten las normas.
¿Qué multas podrá aplicar la Guardia Nacional en carreteras y puentes federales?
Las personas que no acaten los dispositivos de control de tránsito y órdenes de los integrantes de la Guardia Nacional recibirán multas equivalentes a 40 y 50 veces la cuota diaria establecida en el reglamento.
Estas incluyen:
- Amonestaciones verbales para orientar a los ciudadanos a respetar el reglamento.
- Amonestaciones escritas para advertir sobre el reglamento y se expedirán en un formato establecido.
- Detenciones cuando los usuarios se opongan a la GN por lo que serán remitidos al Ministerio Público.
- Aplicaciones de exámenes toxicológicos o de alcoholemia a conductores.
Finalmente, el decreto establece como obligaciones de los conductores a solicitar ayuda a los servicios de emergencia en caso de un accidente de tránsito para prestar atención a las personas lesionadas y a detenerse cuando un miembro de la GN se lo solicite.
¿En qué carreteras federales del Edomex aplicarán multas la Guardia Nacional?
Las carreteras federales dónde la Guardia Nacional podrá multar a los conductores de automóviles o motocicletas en el Edomex incluyen:
- Autopista México-Querétaro
- Autopista México-Puebla
- Autopista Chamapa-Lechería
- Autopista México-Cuernavaca
- Carretera federal 85 México-Pachuca
- Carretera federal 150 México-Puebla
- Carretera federal 136 Los Reyes-Zacatepec
- Carretera federal 15 México-Toluca