El ayuntamiento de Tultepec reiteró las sanciones de hasta 5 mil 865.5 pesos en 2026 para quienes violen la prohibición de fabricar, almacenar, transportar, vender y usar artificios pirotécnicos dentro del territorio municipal sin autorización expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional.
El Bando de Policía y Buen Gobierno promulgado este jueves por el ayuntamiento, también contempla la posibilidad de asegurar los artículos pirotécnicos y remitir a los infractores a la autoridad competente.
El alcalde Sergio Luna Cortés recordó que el Bando de cada municipio es distinto, pues este documento se construye en función de las necesidades de cada uno y, en el caso de Tultepec, existe la obligación de reglamentar el uso de la pólvora.
Por tanto, el documento contempla la prohibición de fabricar y almacenar toda clase de artificios pirotécnicos en casa-habitación, e impide la venta de estos productos cerca de centros escolares, religiosos y mercados, y en lugares donde se ponga en riesgo la población.
“Sólo podrán almacenarse y fabricarse artificios pirotécnicos en el territorio municipal, en instalaciones debidamente autorizadas por la Secretaría de la Defensa Nacional”, dispone.
El incumplimiento de esta reglamentación, establece el Bando, será sancionado con multa de cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, que en 2026 asciende a 117.31 pesos.
El Bando detalla, de igual manera, que el Instituto Mexiquense de la Pirotecnia expedirá el certificado que acredita los requisitos de seguridad del lugar para fabricar, almacenar, transportar, vender y usar artificios pirotécnicos, previo dictamen de la Coordinación Municipal de Protección Civil, de conformidad con las medidas que establezca Defensa.
Refiere que las autoridades municipales de protección civil y de desarrollo de la pirotecnia podrán practicar visitas de inspección para asegurarse que el lugar conserva los requisitos de seguridad establecidos y, en caso contrario, podrá acordar de inmediato la suspensión temporal de actividades y comunicarlo a la Secretaría.
“Se establece la prohibición, sin excepción alguna, para la fabricación, almacenamiento y venta de artificios pirotécnicos, así como la venta de sustancias químicas para su elaboración, reguladas por la Secretaría de la Defensa Nacional, dentro de cualquier área urbana o habitacional en el Municipio”, plantea.
Los únicos lugares autorizados para la venta de artificios pirotécnicos son los mercados de artesanías “San Pablito” y “Luz, magia y color”, y para producción “La Saucera”, “sin perjuicio de otros que se establezcan, con la vigilancia de la autoridad municipal, del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia y de la Secretaría de la Defensa Nacional”.
El incumplimiento de estas disposiciones dará pie a la denuncia ante las autoridades competentes, mientras a los establecimientos comerciales e industriales distintos que expendan o pongan a la venta artificios pirotécnicos, les será suspendida de inmediato su actividad, sin perjuicio de iniciar el procedimiento para revocar la autorización o licencia de funcionamiento.
“Solamente podrán quemar artículos y materiales pirotécnicos dentro del municipio, aquellas personas físicas o morales que tengan autorización expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional... con el visto bueno del presidente municipal una vez conocido el Dictamen emitido por la Coordinación Municipal de Protección Civil”, añade.