La diputada Zaira Cedillo Silva (morena) presentó una reforma para aumentar hasta con 10 años y ocho meses de prisión a los hombres que cometan violencia vicaria en el Estado de México. Con esta iniciativa se reformaría el Código Penal para establecer 22 conductas que únicamente serían castigadas de los varones hacía las mujeres.
¿Qué dice la reforma a la violencia vicaria en Edomex?
La iniciativa planeta una definición precisa de la violencia vicaria como “el hombre que, siendo cónyuge, excónyuge, concubinario, exconcubinario, pareja o expareja, mediante cualquier acto u omisión utilice como víctima directa a hijas, hijos, familiares, personas adultas mayores, personas con discapacidad, personas en situación de dependencia, seres sintientes o bienes de la víctima, con el fin de causarle daño a la mujer y provocarle una afectación psicoemocional o física”.
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Además, se incluyen conductas como sustracción, retención, manipulación emocional, amenazas, imputaciones falsas, obstaculización del vínculo materno-filial y utilización estratégica de procesos judiciales para generar desgaste o daño.
Las sanciones que se establecen por violencia vicaria van de cuatro a ochos de prisión con multas de 500 a mil 500 días, pero la sanción aumentaría hasta en una tercera parte para sumar 10 años en caso de que:
- La víctima indirecta sea menor de edad, persona con discapacidad en situación de vulnerabilidad.
- Exista reincidencia.
- El delito se cometa durante o después de un proceso legal de guarda y custodia, pensión alimenticia u similares.
- La víctima se encuentre en estado de gestación.
Asimismo, se establece que el delito sería perseguido de oficio y sin derecho a fianza; en caso de que una persona servidore pública retarde u obstaculice la investigación también sería castigada hasta con 8 años de prisión.
Actualmente, la violencia vicaria es considerada como una modalidad de la violencia familiar, y puede castigarse con tres a siete años de prisión y de doscientos a seiscientos días multa y tratamiento psicoterapéutico, psicológico, psiquiátrico o reeducativo, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que se consumen, de acuerdo con el Código Penal estatal.
Según Encuesta Nacional de Reconocimiento de la Violencia Vicaria en México, del Frente Nacional contra Violencia Vicaria, el 80 por ciento de las mujeres que sufre este tipo de violencia fue separada de sus hijas o hijos tras amenazas.
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Durante el análisis de la iniciativa la diputada Miriam Silva Mata (PVEM) afirmó que legislar sobre esta conducta beneficia principalmente a las mujeres que enfrentan procesos judiciales contra sus parejas sentimentales, en los que se ven involucrados sus descendientes.
En este sentido, expuso que beneficiaría a las mujeres que enfrentan procesos judiciales, ya que los demandados no dan una pensión alimenticia voluntaria y otros ocultan sus bienes para no aportar esa prestación, porque piensan que les quitan su patrimonio.
Tras señalar que ese tipo de padres no piensan en sus hijas o hijos, sino únicamente en cómo dañar a la madre, llamó a actuar con claridad y evitar ambigüedades en la modificación que se apruebe, ya que tendrá un impacto directo en los procesos judiciales mencionados.