Cubrirse el rostro ahora estará prohibido en el Estado de México, o al menos en uno de sus municipios más importantes. Las personas que incumplan con esta nueva disposición serán acreedoras a sanciones que incluyen arresto y multas de hasta 5 mil pesos.
Este medida la deben tener en cuenta tanto los habitantes como visitantes, ya que el desconocimiento de la ley no exime de cumplirla. Aunque la disposición puede generar polémica, también busca garantizar la seguridad y reducir asaltos a negocios.
Seguir leyendo:
Hoy No Circula EDOMEX: Anuncian fecha de inicio de multas a autos que no cumplan
Reemplacamiento en EDOMEX: Todas las multas por no tener placas vigentes a partir de septiembre 2025
¿En qué municipio del Edomex está prohibido cubrirse el rostro?
El municipio de Metepec, establece en el artículo 185 del bando municipal, que las personas que cubran parcial o totalmente su rostro dentro de establecimientos cerrados pueden ser sancionados con multas y arresto.
La Consejería Jurídica señala que esta disposición se aplica siempre y cuando exista una actitud evasiva por parte de la persona que lleva el rostro cubierto con artículos como gorras, capuchas, cubrebocas, etc.
Esta medida se aplica al interior de plazas comerciales, restaurantes y todo tipo de comercio cerrado.
¿Cuáles son las multas y sanciones?
Las sanciones establecidas para quienes cubran su rosto en negocios cerrados, incluyen multas que van de 5 a 50 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) lo que equivale a 565 pesos hasta 5 mil 657 pesos.
También, los infractores ´pueden ser detenidos y remitidos al juzgado cívico en caso de señalamiento de encargados o usuarios de los negocios. También en caso de que un oficial detecte a la persona en actitud evasiva.
Sin embargo, existe la posibilidad de sustituir la multa con servicio comunitario en caso de que el juzgado lo apruebe. Aunque también, pueden aplicarse ambas sanciones si las circunstancias lo ameritan.