Luego de 14 años de reclusión en el Centro Penitenciario de Reinserción Social (CPRS) de Chiconautla, Ecatepec, donde fue sentenciada a 43 años y 9 meses de prisión por el homicidio de su cónyuge, este miércoles Lucía recuperó su libertad; gracias que el Poder Judicial del Estado de México (PJEdomex) le otorgó el beneficio de la amnistía, en respuesta a una solicitud de la Comisión de Derechos Humanos del Edomex (CODHEM).
La Presidenta e la CODHEM, Myrna García Morón. informó que analizar su caso, la Comisión encontró que la mujer de 46 años enfrentó la violación de sus derechos humanos durante su proceso judicial y se le juzgó sin perspectiva de género, pues durante la relación con su cónyuge, sufrió todo tipo de violencia, por lo que decidió presentar la solicitud.
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Lucía enfrentó violaciones a derechos humanos en el proceso penal
“Después de todo lo que documentamos a partir de nuestros especialistas encontramos que había una mujer cumpliendo una sentencia por un delito que fue juzgado sin perspectiva de género, sin conocer el contexto de violencia sistémica en el que ella vivió, y varios derechos humanos se le violentaron durante ese proceso”.
Explicó que, Lucía vivió 9 años con su pareja, un policía auxiliar con el que sufrió violencia física, sicológica, sexual y económica; el día en que se registró el homicidio, este sujeto arribó al domicilio familiar en estado de ebriedad, trató de agredir a Lucía con un cuchillo y después de un forcejeo entre la pareja, ella le quitó el objeto punzocortante y lo lesionó en el tórax. No era la primera vez que el individuo amenazaba con matarla.
La Comisión revisó el expediente y detectó que Lucía enfrentó violaciones a derechos humanos durante el proceso penal; pues su detención no cumplió con los requisitos constitucionales ni legales necesarios para justificar una captura por flagrancia equiparada y durante la entrevista realizada por los policías aprehensores estuvo en estado de indefensión al no haber contado con la asistencia de abogado.
Además, el abogado que defendió a Lucía posteriormente omitió invocar la figura jurídica de exceso en la legítima defensa, estrategia que habría proporcionado un contexto diferente a los hechos que se le imputaban. Además, el mismo defensor no solicitó la exclusión de los medios de prueba obtenidos en contravención a derechos humanos, es decir, la declaración de Lucía y la declaración de su hija, que habrían sido cruciales en la decisión del juez al emitir la sentencia condenatoria.
La funcionaria explicó que se corroboró que el caso de Lucía, por su condición, encuadra en diferentes categorías de vulnerabilidad que señala la Ley de Amnistía estatal, como ser mujer y sufrir varios tipos de violencia.
"Ella vivía con dos hijas, su cónyuge y su suegra en un pequeño departamento rentado que era insuficiente para las personas que lo habitaban, ahí era golpeada constantemente, recibía amenazas, insultos y abuso sexual. Además, tenía rezago educativo, pues sólo contaba con estudios de secundaria y su ingreso no alcanzaba para sus necesidades básicas".
Luego de salir del penal, Lucía señaló que después de 14 años se hizo justicia.
"Ojalá las leyes volteen a ver el lado humano y no sólo lo jurídico, no se sabe qué tanto se puede dañar, el Penal es un lugar de aprendizaje, la gente puede aprender a superarse, gracias a quien ayudó a que saliera, a la Comisión de Derechos Humanos y a todos quienes intervinieron”.