¡ATENCIÓN!

Llevarán al corralón a automóviles estacionados en EDOMEX a partir de esta FECHA

Se anunció la implementación de un operativo para sancionar a los conductores que no respeten los espacios prohíbidos para conducir.

MUNICIPIOS

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Llevarán al corralón a automóviles estacionados en EDOMEX a partir de esta FECHA Créditos: Especial.

El Ayuntamiento de Toluca iniciará un operativo para liberar la avenida Hidalgo, en el tramo que va del Monumento a la Bandera a Isidro Fabela, con el objetivo de mejorar la circulación vehicular a partir del próximo lunes 16 de marzo, así que los vehículos mal estacioandos serán sancionados y llevados al corralón.

¿Qué autos serán llevados al corralón en Toluca?

La medida contempla el retiro de automóviles estacionados en el carril izquierdo, los cuales serán trasladados directamente al corralón. Al respecto, el gobierno municipal, encabezado por Ricardo Moreno Bastida, informó que la aplicación del reglamento de tránsito será estricta y sin excepciones. 

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Autoridades señalaron que ya se realizan avisos preventivos a comercios y oficinas de la zona para que los automovilistas busquen espacios adecuados de estacionamiento y respeten la señalización vigente.

Llevarán al corralón a automóviles estacionados en EDOMEX a partir del próximo lunes. FOTO: Especial.

¿Qué dice el reglamento de tránsito del Edomex sobre mal estacionarse?

El Reglamento de Tránsito del Estado de México, actualizado con las recientes reformas, contempla  infracciones por mal estacionamiento. Las multas operan bajo el nuevo esquema de rangos proporcionales (mínimo, medio y máximo) en Unidades de Medida y Actualización (UMA), y en algunos casos graves ameritan que el vehículo sea llevado al corralón.

Infracciones graves con corralón:  Simular una falla mecánica, abandono en lugar prohibido o invasión: Por estar estacionado en lugar prohibido o en más de una fila y que el conductor no esté presente, así como estacionarse en carriles confinados para el transporte público masivo.

Infracciones que amertina unicamente multa:

  • Por estacionarse en lugares prohibidos generales.
  • Por estacionarse a una distancia mayor de 30 centímetros de la acera en zonas urbanas.
  • Por estacionarse en más de una fila (doble fila) o frente a paraderos y bases autorizadas.
  • Por estacionarse en carreteras, vías de tránsito continuo o carriles exclusivos de transporte público.
  • Por estacionarse frente a una entrada de vehículo, a menos que sea la de tu propio domicilio.
  • Por estacionarse en sentido contrario a la circulación.
  • Por estacionarse en la zona de ascenso o descenso de pasajeros de vehículos de servicio público, o frente a escuelas.
  • Por estacionarse en los accesos de emergencia o seguridad: estaciones de bomberos, hospitales, instalaciones militares, edificios de policía y terminales.
  • Por estacionarse a menos de 50 metros de un vehículo estacionado en el lado opuesto (en carreteras de no más de dos carriles y doble sentido).
  • Por estacionarse a menos de 5 metros del riel más cercano de un cruce ferroviario.

Con información de Aura Moreno