En la capital mexicana los apoyos se extienden también a aquellas personas emprendedoras que necesitan capital para arrancar un negocio, y lo pueden obtener del Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México (FONDESO) con tan solo cumplir algunos criterios que aquí te presentamos.
Se trata de un servicio financiero no reembolsable para personas emprendedoras que aporta $25,000 pesos en dos ministraciones, con el fin de impulsar el desarrollo empresarial. Este financiamiento en su modalidad Capital Semilla, son no reembolsables... Es decir, son no pagaderos ni constituyen un adeudo.
Se identifican con el nombre IKAL (Energía vital) y tienen por objeto otorgar recursos a las personas emprendedoras, transformar ideas innovadoras y creativas en negocios. Brindan seguimiento o supervisión de FONDESO para que puedan convertirse en productos o servicios reales.
Pueden aplicar personas físicas, que no hayan recibido una asignación previa de Capital Semilla por parte del FONDESO, con residencia comprobable en la Ciudad de México, que tengan la intención de desarrollar iniciativas de emprendimiento o actividades productivas de autoempleo.
La recepción de solicitudes es en los Módulos de Atención u Oficinas Centrales del FONDESO.
¿Cuáles son los requisitos para IKAL?
Para realizar el registro se necesita presentar un correo electrónico, teléfono móvil o en su caso teléfono fijo, para dar seguimiento a la solicitud al financiamiento no reembolsable, así como los siguientes documentos:
- Identificación Oficial vigente con fotografía
- Clave Única de Registro de Población (CURP), certificada
- Comprobante de domicilio en la Ciudad de México, vigente (sólo en caso de que el domicilio completo no aparezca en la identificación oficial)
- Presentar debidamente requisitados los formatos proporcionados por el FONDESO:
- Solicitud de financiamiento
- Formato de idea de negocio
- Manifiesto bajo protesta de no haber recibido una asignación previa de Capital Semilla por parte del FONDESO.
También se debe entregar la carta de aceptación de acompañamiento, asesoría o en su caso seguimiento por parte del personal que para tal efecto designe el FONDESO.
Y es que hay quienes pueden llegar a incumplir, cuando el recurso se destine a otros fines distintos a la idea de negocio o emprendimiento; por lo que se procede a la suspensión de entrega del recurso financiero no reembolsable.